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Acuerdo Ministerial para el Porte y Tenencia de Armas

La mañana de este viernes 14 de abril, en el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se desarrolló una rueda de prensa sobre el porte y tenencia de armas, cuya reglamentación fue expedida en el Decreto Ejecutivo 707 del pasado 1º de abril de 2023, a partir del cual el Ministerio de Defensa Nacional elaboró el Acuerdo Ministerial que establece los requisitos obligatorios para su ejecución.

El ministro de Defensa Nacional, general Luis Lara enfatizó que el porte y la tenencia de armas, estará regulado en todo el territorio nacional con disposiciones y requisitos claros establecidos para la concesión de autorizaciones y permisos que contempla la ley de fabricación, importación, exportación, comercialización y tenencia de armas, municiones, explosivos y accesorios. “Para tranquilidad de los ecuatorianos, ratifico que se trata de un porte o tenencia de armas de fuego regulado, con requerimientos estrictos, de manera que su uso permita defender la vida y las familias de quienes cumplan esos requisitos, sin comprometer la seguridad de los demás”. Además anunció que los controles de armas, municiones y explosivos se intensificarán en todo el país. Posteriormente el director de Control de Armas, general Manuel Dávila destacó la importancia de la trazabilidad en el control de las armas y dio a conocer algunos de los requisitos establecidos en el Acuerdo Ministerial, mismo que será publicado en las páginas web oficiales del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de la Dirección de Control de Armas, para la adecuada implementación del mismo.

El Ministerio de Defensa Nacional y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ratifican su compromiso por trabajar en favor de la defensa de la soberanía e integridad territorial del Estado ecuatoriano.

Adjunto el link del Acuerdo Ministerial 145.

DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL